El Tribunal Superior Electoral falló hoy que el expresidente Leonel Fernández no tiene impedimento constitucional ni legal para tener una candidatura con miras a la elecciones de 2020.
El TSE tomó la decisión por votación mayoritaria de acoger la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 33-18, Electoral.
Por igual dijo que eran inaplicables para la solución del caso el reglamento de la JCE sobre candidaturas, que se imponían requisitos no exigidos por la Constitución.
Los jueces del TSE declararon inconstitucional e inaplicable a su caso, el artículo 49.4 de la ley de partidos y el 134 de la ley de régimen electoral, así como la parte final del artículo 10 del reglamento para la escogencia de candidatos mediante convenciones o encuesta dictado por la Junta Central Electoral (TSE).
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